Yo no sé para que quieren que esa gente se quede aquí presa si no hay ni espacio en las cárceles para los de aquí menos para los extranjeros. Además, siempre cae puro perrata espiando fuera de las bases, eso tampoco es que sea de mucha importancia estratégica y eso a mi parecer es bueno, si estuviesen consiguiendo buena información o tuviesen personal bien infiltrado no estuviesen pasando esas penas. ¿Qué más cárcel que mandarlos de nuevo a Venezuela? y "quemados"...
Así está bien, los espías de juguete devuelta pa su tierra y los peces gordos si que se queden.
Qué habrá pasado con las X95?, no se si soy yo, pero pareciera que en los últimos operativos grandes donde hay comandos de la PONAL con subametralladoras son MP5
Recuerden que el espionaje en Colombia no es castigado pero por culpa de la justicia. El gobierno, representado y policía y militares, no puede ir en contra de la ley, que dicta que a quienes sorpendan en labores de espionaje se les debe expulsar del país y ya. El gobierno parece que está preparando un proyecto de ley para castigar mas severamente el espionaje, con cárcel.
Lo que no entiendo es porque no se esta aplicando el código Penal Colombiano para esta afrenta.
Código Penal Artículo 463. Espionaje
El que indebidamente obtenga, emplee o revele secreto político, económico o militar relacionado con la seguridad del Estado, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses. Lea más:https://leyes.co/codigo_penal/463.htm
Es nuestro sistema de justicia que esta podrido, van a dejar libre por vencimiento de términos al terrorista que tiró la bomba en la estación San José en Barranquilla, podemos tener las mil y diez mil leyes pero si quienes deben hacerlas cumplir son corruptos, estas son solo papel mojado
Yo pienso que no vale la pena gastar recursos en un mirón fuera de una base, eso tampoco es que sea ilegal, ya mucho hacen echándolos preventivamente. Con los peces gordos cómo los que cayeron el mes pasado si es otro cuento, esos si saben cosas importantes, ojalá hicieran una carcel militar en Serrana y los metieran allá con el coce del eln y el secretariado de la nueva marquetalia, si es que los cogen vivos.
Y no es lo único que la CSJ le quita al ESMAD y a la PONAL en general. Dejó sin "armas" al ESMAD y al
estado en general para actuar en caso que las protestas se conviertan en
actos de vandalismo. Así que cada quien a ver cómo defiende su casa y
negocio de las turbas vandálicas de aquí en adelante.
Pues tampoco exageremos el ESMAD tiene muchas armas que una simple escopeta calibre 12 para defenderse y hacer cumplir la ley.
Este es el armamento autorizado para disolver confrontaciones y bloqueos de vías:
1. Mecánicas Cinéticas – Fusiles lanza gases y lanzadores múltiples. – Lanzadores de red de nylon o materiales. – Lanzador de munición esférica. – Munición de goma. – Cartuchos de impacto dirigido. – Cartuchos impulsores.Munición cinética.
2. Agentes químicos – Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido. – Granadas con carga química CS, OC. – Granadas fumígenas. – Cartuchos con carga química CS, OC. – Cartuchos Fumígenos.
3. Acústicas y lumínicas – Granadas de aturdimiento. – Granadas de luz y sonido. – Granadas de múltiple impacto. – Cartuchos de aturdimiento. – Dispositivo acústico largo alcance y nominal
4. Dispositivos de control eléctrico y auxiliares – Lanzadores múltiples eléctricos. – Pistolas de disparo eléctrico o dispositivos de control eléctrico. – Bastón Policial. – Dispositivo de Shock eléctrico. – Lanzador flash. – Bengalas. – Animales entrenados. – Vehículos antimotines antidisturbios. – Dispositivo lanza agua.
Como da vueltas la vida Como da vueltas la vida Como camina el reloj♫ ♫
'El 63 % de funcionarios de la UNP son ex-Farc'
Tenemos una subdirección especializada. La planta de la UNP es de 2.044 funcionarios, de los cuales 1.305 son del partido Farc: un 63 por ciento, aproximadamente. Y esa subdirección cuenta con personal de vigilancia y administrativo. Con esa subdirección hemos ejecutado este año 85.000 millones de pesos en protección del partido Farc, y estamos gestionando 13.500 millones con el Ministerio de Hacienda para cumplir con el esquema de seguridad que ellos necesitan.
Ojalá fuesen así de diligentes para condenar las papas bomba y los molotov
Deberían hacer un proyecto de ley o emitir un decreto que amparado en el Protocolo III de la convención de Ginebra del 10 Octubre 1980 (CCAC) que prohíbe el uso de armas incendiarias contra civiles y militares; modifique el artículo 14 del decreto-ley 2535 de 1993 para incluir a las bombas molotov como armas prohibidas, y por ende al que las use como elemento de agresión contra la fuerza pública como terrorista o al menos como homicida agravado en calidad de tentativa con arma prohibida, así como el que sea capturado en posesión de una bomba molotov pueda ser judicializado por tráfico y porte de arma prohibida; para que pueda ser condenado a penas superiores a los 8 años de prisión. Y algo por el estilo con las papas bomba, aunque ya en el país han habido condenas por porte y tráfico de explosivos contra los que han sido capturados con tales elementos o han sido registrados mientras las usan, pero que la extensión de la ley permita clasificar a quien usa esa clase de armas también como un homicida en calidad de tentativa y por lo tanto lo convierta en un blanco válido de ser neutralizado con fuerza letal (armas de fuego) o con un elemento proporcional en efectos al mismo (granadas de aturdimiento).
Y no es lo único que la CSJ le quita al ESMAD y a la PONAL en general. Dejó sin "armas" al ESMAD y al
estado en general para actuar en caso que las protestas se conviertan en
actos de vandalismo. Así que cada quien a ver cómo defiende su casa y
negocio de las turbas vandálicas de aquí en adelante.
Pues les cuento que aquí la Corte Suprema de Justicia está incurriendo en un 'Exabrupto Perfecto' porque ella de la nada o porque se le cantó la gana no puede ordenarle a los otros poderes públicos a hacer algo. A lo mucho puede 'exhortar' (por poner un buen término), pero ordenar u obligar no. Eso es una injerencia o intromisión grave en el ejercicio de los otros poderes públicos y hasta da para prevaricato. Amén de los errores procedimentales, porque los magistrados que radicaron salvamento del voto, alegan que mediante la tutela (medio por el cual los demandantes acudieron a la justicia) no era el procedimiento adecuado y que habían otros mecanismos idóneos para hacerlo. Ya un Tribunal de Cundinamarca les había rechazado el procedimiento y llegó a la CSJ y ¡Oh, que raro! esta si procedió con la demanda a pesar de los evidentes errores. Y para terminar, los dejo con un aparte muy importante y muy diciente del salvamento del voto que radicó el magistrado Álvaro Fernando García Restrepo en el mismo fallo.
Se pretende obligar al legislador a actuar de una determinada manera y a los administradores públicos a un hacer concreto. Se quiere imponer una forma de legislar, y un estilo de administrar y gobernar. De esta manera los jueces estamos invadiendo la órbita de otros poderes públicos y eso no es lo que quiere la Constitución y estoy seguro que tampoco lo quiere la ciudadanía, salvo en lo que en particular cada uno de los solicitantes de manera concreta está pidiendo y espera lograr en este caso, pero es no es lo conducta que se quiere de los jueces.
La tutela entonces no es el camino para alcanzar las reformas que en este caso se piden, puesto que la Constitución y la ley han marcado otras vías para obtenerlo y a ellas se debe acudir. Invoco pues en casos como este, más que el protagonismo y el exceso, la prudencia que debe mostrar el juez para mantener la paz y la moderación ciudadana sin contribuir a caldear los ánimos con decisiones que pueden hacer más daño que bien a una sociedad que ya tiene suficiente confrontación.
no puede ser desconocido por los poderes públicos las autonomías de cada uno de estos, por eso se habla de la independencia reconocida por la Constitución y reafirmada por la Corte Constitucional en varias sentencias, además que si nos adentramos en la orbita del DIH, entenderemos que todas esas armas o elementos disuasivos están dentro de la instancia de la aceptación por parte de estos convenios internacionales. así las cosas pensaría que compartiendo los conceptos aquí expuestos están claros las extralimitaciones de los juristas. si, es cierto que el derecho a la protesta pacifica esta amparada constitucionalmente, pero dentro de estas protestas se han presentado actos de vandalismo extremo, incluso, actos de barbarie, los videos no lo desmienten. sin entrar en polémicas, también observamos actos de extralimitación por parte de funcionarios públicos uniformados, pero no somos los llamados a proferir juicios de valor de un lado o del otro. para eso están las autoridades en su respectiva competencia.
Leo ese fallo de la Corte y me pregunto: ¿Entonces para qué hacemos elecciones si la CSJ vía sentencias gobierna y ordena hacer y deshacer? Mejor no elijamos Presidente de la República y formemos un Consejo de Sabios que dicte todo y listo.
Colombia tiene 3 poderes independientes, todos con igual poder, precisamente para controlarse entre sí, pero sí uno le da por ordenarle al otro que haga esto o aquello, pues apague y vámonos, que la CSJ gobierne y acabemos con el Ejecutivo y con el Legislativo que sobran.
Lo que tiene que hacer todas las entidades de seguridad y defensa es un plantón, sesar cualquier actividad, a ver como se las arreglan los que tanto critican y palo en la rueda ponen para maniatar a los servidores de esta instituciones, que sean ellos mismo quienes pongan el pecho a los insultos y agresiones.
Yo que el Presidente le digo a la PONAL: el ESMAD no sale más, todos guardados, que cada municipio o distrito se arregle cómo pueda, y si hay vandalismo o daños, pues que sea el mismo municipio o distrito el que pague TODOS los daños. Ya que no le quieren poner pólizas o restricciones a las protestas, bueno, que las Alcaldías paguen los daños.
Bueno, si las protestas van a servir para amparar cualquier vandalismo mientras que la corte sigue tratando de maniatar a la fuerza pública desconociendo los derechos de las demás personas que nos vemos afectadas por esas protestas venidas a destruir la propiedad privada y alterar las actividades comerciales; entonces que el gobierno elimine las restricciones al porte de armas y permita que la gente pueda defenderse de los vándalos. El gobierno central debe tomarse el control de la MEBOG, ontinuando con el apoyo de las FF.MM a las unidades de la PONAL incluso hasta a nivel CAI y empezando por la dotación de cámaras corporales y la implementación de drones para que la PONAL sin salirse de las órdenes de la nefasta alcaldesa proceda con buen material probatorio a evidenciar la nocividad de las políticas contradictorias y populistas de esa señora que incluso puede ser demandada ante la CIDH por atentar al derecho a la salud y a la vida de los miembros de la fuerza pública ¿o es que los policías no son seres humanos?
Comentarios
Para q no se diga q nos fuimos hospitalarios.
Código Penal
El que indebidamente obtenga, emplee o revele secreto político, económico o militar relacionado con la seguridad del Estado, incurrirá en prisión de sesenta y cuatro (64) a doscientos dieciséis (216) meses.Artículo 463. Espionaje
Lea más:https://leyes.co/codigo_penal/463.htm
https://www.eltiempo.com/justicia/delitos/cristian-bellon-podria-quedar-libre-por-vencimiento-de-terminos-538974
Corte ordena suspender uso de escopetas calibre 12 del Esmad en protestas
El alto tribunal le ordenó al Gobierno implementar medidas drásticas y urgentes para garantizar la protesta pacifica en el país.https://www.lafm.com.co/judicial/corte-ordena-suspender-uso-de-escopetas-calibre-12-del-esmad-en-protestas
Y no es lo único que la CSJ le quita al ESMAD y a la PONAL en general. Dejó sin "armas" al ESMAD y al estado en general para actuar en caso que las protestas se conviertan en actos de vandalismo. Así que cada quien a ver cómo defiende su casa y negocio de las turbas vandálicas de aquí en adelante.
Este es el armamento autorizado para disolver confrontaciones y bloqueos de vías:
1. Mecánicas Cinéticas
– Fusiles lanza gases y lanzadores múltiples.
– Lanzadores de red de nylon o materiales.
– Lanzador de munición esférica.
– Munición de goma.
– Cartuchos de impacto dirigido.
– Cartuchos impulsores.Munición cinética.
2. Agentes químicos
– Dispositivo lanzador de pimienta, con propulsión pirotécnica, gas o aire comprimido.
– Granadas con carga química CS, OC.
– Granadas fumígenas.
– Cartuchos con carga química CS, OC.
– Cartuchos Fumígenos.
3. Acústicas y lumínicas
– Granadas de aturdimiento.
– Granadas de luz y sonido.
– Granadas de múltiple impacto.
– Cartuchos de aturdimiento.
– Dispositivo acústico largo alcance y nominal
4. Dispositivos de control eléctrico y auxiliares
– Lanzadores múltiples eléctricos.
– Pistolas de disparo eléctrico o dispositivos de control eléctrico.
– Bastón Policial.
– Dispositivo de Shock eléctrico.
– Lanzador flash.
– Bengalas.
– Animales entrenados.
– Vehículos antimotines antidisturbios.
– Dispositivo lanza agua.
Como da vueltas la vida Como da vueltas la vida
Como camina el reloj♫ ♫
Tenemos una subdirección especializada. La planta de la UNP es de 2.044 funcionarios, de los cuales 1.305 son del partido Farc: un 63 por ciento, aproximadamente. Y esa subdirección cuenta con personal de vigilancia y administrativo. Con esa subdirección hemos ejecutado este año 85.000 millones de pesos en protección del partido Farc, y estamos gestionando 13.500 millones con el Ministerio de Hacienda para cumplir con el esquema de seguridad que ellos necesitan.
https://www.eltiempo.com/justicia/servicios/entrevista-al-nuevo-director-de-la-unidad-de-proteccion-alfonso-campo-martinez-538915
Deberían hacer un proyecto de ley o emitir un decreto que amparado en el Protocolo III de la convención de Ginebra del 10 Octubre 1980 (CCAC) que prohíbe el uso de armas incendiarias contra civiles y militares; modifique el artículo 14 del decreto-ley 2535 de 1993 para incluir a las bombas molotov como armas prohibidas, y por ende al que las use como elemento de agresión contra la fuerza pública como terrorista o al menos como homicida agravado en calidad de tentativa con arma prohibida, así como el que sea capturado en posesión de una bomba molotov pueda ser judicializado por tráfico y porte de arma prohibida; para que pueda ser condenado a penas superiores a los 8 años de prisión. Y algo por el estilo con las papas bomba, aunque ya en el país han habido condenas por porte y tráfico de explosivos contra los que han sido capturados con tales elementos o han sido registrados mientras las usan, pero que la extensión de la ley permita clasificar a quien usa esa clase de armas también como un homicida en calidad de tentativa y por lo tanto lo convierta en un blanco válido de ser neutralizado con fuerza letal (armas de fuego) o con un elemento proporcional en efectos al mismo (granadas de aturdimiento).
Amén de los errores procedimentales, porque los magistrados que radicaron salvamento del voto, alegan que mediante la tutela (medio por el cual los demandantes acudieron a la justicia) no era el procedimiento adecuado y que habían otros mecanismos idóneos para hacerlo. Ya un Tribunal de Cundinamarca les había rechazado el procedimiento y llegó a la CSJ y ¡Oh, que raro! esta si procedió con la demanda a pesar de los evidentes errores.
Y para terminar, los dejo con un aparte muy importante y muy diciente del salvamento del voto que radicó el magistrado Álvaro Fernando García Restrepo en el mismo fallo.
https://twitter.com/JulioOrozco1977/status/1308520098039246848?s=20
https://twitter.com/JulioOrozco1977/status/1308562488586383360
https://www.infodefensa.com/latam/2020/08/24/noticia-venezuela-negocia-adquisicion-misiles-fateh110-zolfaghar.html
https://americamilitar.com/actualidad-militar/2936-venezuela-negocia-con-iran-la-adquisicion-de-misiles-fateh-110-y-zolfaghar.html#latest
Howdy, Stranger!
RegistrarseIt looks like you've been lurking for a while.
If you register, we will remember what you have read and notify you about new comments. You will also be able to participate in discussions.
So if you'd like to get involved, register for an account, it'll only take you a minute!