Y entonces las tropas sin capacidad de reacción................
Capacidad de reacción si tienen, pero les amarran las manos, limitándosela.
Pero, realmente están limitados o amarrados??
El comandante en Jefe es el Presidente y él emite ordenes, y en nuestras FFMMLa disciplina y la obediencia, son
las bases fundamentales.
Ahora, esa obediencia no puede ser "ciega". La misma Constitución: - en su artículo 18 dispone que nadie esta obligado a actuar contra su conciencia. - En el articulo 95 cuando se habla de los deberes ciudadanos encontramos: 1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios; 2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas; 4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.
El código disciplinario Militar comprendido en la Ley 1862 de 2017, contempla:
ARTÍCULO 9o. LA ORDEN MILITAR. Es la
manifestación externa del superior con autoridad que se debe obedecer, observar
y ejecutar. La orden debe ser legítima, lógica, oportuna, clara, precisa,
concisa y relacionada con el servicio o función.
ARTÍCULO 10. ORDEN ILEGÍTIMA. La
orden es ilegítima cuando excede los límites de la competencia o conduce
manifiestamente a la violación de la Constitución Política, la ley, las normas
institucionales o las órdenes legítimas superiores.
Si la orden es ilegítima, el subalterno
no está obligado a obedecerla; en caso de hacerlo la responsabilidad recaerá
sobre el superior que emite la orden y el subalterno que la cumple o ejecuta.
Articulo
16, numeral 3. Responsabilidad en el ejercicio del mando.
…
Todo
mando tiene el deber de exigir obediencia a sus subordinados y el derecho a que
se respete su autoridad, pero no podrá ordenar actos contrarios a las leyes o
que constituyan delito.
Policías y escoltas de vehículo de valores fueron atacados en la vía entre Aguachica y Río de Oro llegando a Sanin Villa, región del Catatumbo. No pasa un día sin que pase algo así en el país.
A veces Robledo da risa según el aquí vivimos llenos de soldados y bases estadounidenses, esto es darle mas gabela a los narcos, un compañero hace días había compartido la entrevista que le hicieron al comandante de la armada sobre esto
Y entonces las tropas sin capacidad de reacción................
Capacidad de reacción si tienen, pero les amarran las manos, limitándosela.
Pero, realmente están limitados o amarrados??
El comandante en Jefe es el Presidente y él emite ordenes, y en nuestras FFMMLa disciplina y la obediencia, son
las bases fundamentales.
Ahora, esa obediencia no puede ser "ciega". La misma Constitución: - en su artículo 18 dispone que nadie esta obligado a actuar contra su conciencia. - En el articulo 95 cuando se habla de los deberes ciudadanos encontramos: 1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios; 2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas; 4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.
El código disciplinario Militar comprendido en la Ley 1862 de 2017, contempla:
ARTÍCULO 9o. LA ORDEN MILITAR. Es la
manifestación externa del superior con autoridad que se debe obedecer, observar
y ejecutar. La orden debe ser legítima, lógica, oportuna, clara, precisa,
concisa y relacionada con el servicio o función.
ARTÍCULO 10. ORDEN ILEGÍTIMA. La
orden es ilegítima cuando excede los límites de la competencia o conduce
manifiestamente a la violación de la Constitución Política, la ley, las normas
institucionales o las órdenes legítimas superiores.
Si la orden es ilegítima, el subalterno
no está obligado a obedecerla; en caso de hacerlo la responsabilidad recaerá
sobre el superior que emite la orden y el subalterno que la cumple o ejecuta.
Articulo
16, numeral 3. Responsabilidad en el ejercicio del mando.
…
Todo
mando tiene el deber de exigir obediencia a sus subordinados y el derecho a que
se respete su autoridad, pero no podrá ordenar actos contrarios a las leyes o
que constituyan delito.
A eso hay que agregarle los artículos que definen las funciones del ejército y el uso legítimo de la fuerza.
Comentarios
Borraron ese Tweet.
Detienen a capitán de la Policía señalado de participar en fuga de ‘Matamba’
Pero, realmente están limitados o amarrados??
El comandante en Jefe es el Presidente y él emite ordenes, y en nuestras FFMMLa disciplina y la obediencia, son las bases fundamentales.
Ahora, esa obediencia no puede ser "ciega". La misma Constitución:
- en su artículo 18 dispone que nadie esta obligado a actuar contra su conciencia.
- En el articulo 95 cuando se habla de los deberes ciudadanos encontramos:
1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios;
2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas;
4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica.
El código disciplinario Militar comprendido en la Ley 1862 de 2017, contempla:
ARTÍCULO 9o. LA ORDEN MILITAR. Es la manifestación externa del superior con autoridad que se debe obedecer, observar y ejecutar. La orden debe ser legítima, lógica, oportuna, clara, precisa, concisa y relacionada con el servicio o función.
ARTÍCULO 10. ORDEN ILEGÍTIMA. La orden es ilegítima cuando excede los límites de la competencia o conduce manifiestamente a la violación de la Constitución Política, la ley, las normas institucionales o las órdenes legítimas superiores.
Si la orden es ilegítima, el subalterno no está obligado a obedecerla; en caso de hacerlo la responsabilidad recaerá sobre el superior que emite la orden y el subalterno que la cumple o ejecuta.
Articulo 16, numeral 3. Responsabilidad en el ejercicio del mando.
…
Todo mando tiene el deber de exigir obediencia a sus subordinados y el derecho a que se respete su autoridad, pero no podrá ordenar actos contrarios a las leyes o que constituyan delito.
Piden que Cancillería condene la vulneración a la soberanía de la Guardia Bolivariana de Venezuela en Norte de Santander
https://www.semana.com/confidenciales/articulo/piden-que-cancilleria-condene-la-vulneracion-a-la-soberania-de-la-guardia-bolivariana-de-venezuela-en-norte-de-santander/202305/#Echobox=1678900349
ATENCIÓN| El ministro del Interior, Alfonso Prada, dijo que no ha estado sobre la mesa la suspensión del cese bilateral al fuego con el Clan del Golfo.
https://twitter.com/UltimaHoraCR/status/1636060994764959744?t=yg-XBnXd_f2f2gKW1mJa3A&s=19
Policías y escoltas de vehículo de valores fueron atacados en la vía entre Aguachica y Río de Oro llegando a Sanin Villa, región del Catatumbo. No pasa un día sin que pase algo así en el país.
https://twitter.com/StephBatesPress/status/1636126590391156739?t=zdEPdClzJEo-IX2_JF_FQw&s=19
https://www.lafm.com.co/internacional/gobierno-suspende-polemico-proyecto-de-construccion-de-base-militar-de-eeuu-en-isla
Un uniformado herido.https://m.facebook.com/story.php?story_fbid=pfbid0k2ZwruqKVnX6s9TkCh8kW9JDj4FjNmytQypfidyiz8N94ojR2jHBt1HzNhbQS9Frl&id=100007143258486
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