Petro anoche estaba como una cabra lanzando amenazas por una supuesta guerra santa por el salario vital que decretó (no me lo inventé, literalmente metió hasta la iglesia católica en su discurso de odio), lo que sucede es que ya se acabó la vacancia y según se cuenta ya las cortes se están moviendo rápido para suspender de forma provisional el dectreto mientras los magistrados toman una decisión. (como sucedió con la emergencia económica de la Guajira).
Se va a generar un caos bien pecueco.
Los medicos pasamos de ganar 3.5 salarios mínimos a 1.5 salarios mínimos, y lo peor está disminuyendo el sueldo. Se están encontrando, salarios de 800mil a millón setecientos. Esto se jodió gente.
Actuando en representación del empresario Alexander Donato Rondon, el exmagistrado de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, demandó el decreto que definió en 23,78% el incremento del salario mínimo. La demanda, presentada en contra los ministerios del Trabajo y de Hacienda, argumenta que el decreto vulnera el derecho al debido proceso y al “mandato de concertación tripartita” del salario mínimo.
Además, el demandante argumenta que la medida tiene un impacto grave en las pequeñas y medianas empresas (Mipymes), quienes “no podrían sostener las estructuras de costos sin eliminar empleos o reducir jornadas, enfrentando el cierre definitivo o la quiebra como consecuencia de las barreras creadas por el mismo Gobierno nacional”.
Por eso, solicita la medida provisional de la suspensión del decreto mientras se resuelve su tutela y/o el Consejo de Estado resuelve las demandas de nulidad contra el decreto.
Los argumentos jurídicos: la tutela se basa en dos motivaciones. Primero, dice que el decreto desconoce las normas para fijar el aumento del salario mínimo. Argumenta que se fijó el aumento sin llegar a un acuerdo unánime en la Comisión de Concertación, sin atender a los criterios económicos fijados en la ley 278 (como la evolución del IPC) y sin motivar por qué no se aplicaban dichos criterios.
Por otra parte, dice que el gobierno violó el debido proceso. Según el demandante, al no haber llegado a un acuerdo con la Comisión, el gobierno debió ceñirse a lo establecido en la Ley 278. Pero, “El Gobierno desplaza los criterios e introduce arbitrariamente y sin justificación razonable, el concepto de “salario vital” – extraído de un estudio de la OIT, y basa la estimación del SMMLV para la vigencia de 2026, en dicho documento”, argumenta.
¿Qué puede pasar? El juez puede negar o aprobar la suspensión temporal del decreto. Aún así, la última palabra sobre su nulidad la tiene el Consejo de Estado, que ya recibió demandas que argumentan una “falsa motivación” del gobierno en la fijación del incremento del salario mínimo.
Comentarios
Los medicos pasamos de ganar 3.5 salarios mínimos a 1.5 salarios mínimos, y lo peor está disminuyendo el sueldo. Se están encontrando, salarios de 800mil a millón setecientos. Esto se jodió gente.
Por dios.....
Detengan a ese hombre...
https://www.lasillavacia.com/en-vivo/tutela-interpuesta-por-ex-magistrado-linares-pide-suspender-decreto-del-minimo/
Actuando en representación del empresario Alexander Donato Rondon, el exmagistrado de la Corte Constitucional, Alejandro Linares, demandó el decreto que definió en 23,78% el incremento del salario mínimo. La demanda, presentada en contra los ministerios del Trabajo y de Hacienda, argumenta que el decreto vulnera el derecho al debido proceso y al “mandato de concertación tripartita” del salario mínimo.
Además, el demandante argumenta que la medida tiene un impacto grave en las pequeñas y medianas empresas (Mipymes), quienes “no podrían sostener las estructuras de costos sin eliminar empleos o reducir jornadas, enfrentando el cierre definitivo o la quiebra como consecuencia de las barreras creadas por el mismo Gobierno nacional”.
Por eso, solicita la medida provisional de la suspensión del decreto mientras se resuelve su tutela y/o el Consejo de Estado resuelve las demandas de nulidad contra el decreto.
Los argumentos jurídicos: la tutela se basa en dos motivaciones. Primero, dice que el decreto desconoce las normas para fijar el aumento del salario mínimo. Argumenta que se fijó el aumento sin llegar a un acuerdo unánime en la Comisión de Concertación, sin atender a los criterios económicos fijados en la ley 278 (como la evolución del IPC) y sin motivar por qué no se aplicaban dichos criterios.
Por otra parte, dice que el gobierno violó el debido proceso. Según el demandante, al no haber llegado a un acuerdo con la Comisión, el gobierno debió ceñirse a lo establecido en la Ley 278. Pero, “El Gobierno desplaza los criterios e introduce arbitrariamente y sin justificación razonable, el concepto de “salario vital” – extraído de un estudio de la OIT, y basa la estimación del SMMLV para la vigencia de 2026, en dicho documento”, argumenta.
¿Qué puede pasar? El juez puede negar o aprobar la suspensión temporal del decreto. Aún así, la última palabra sobre su nulidad la tiene el Consejo de Estado, que ya recibió demandas que argumentan una “falsa motivación” del gobierno en la fijación del incremento del salario mínimo.
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